lunes, 27 de abril de 2015

Los niños se personan en las ejecuciones hipotecarias y exigen el cumplimiento de su Derecho Humano a un hogar



El pasado 1 de abril de entró en vigor en España el Convenio Europeo sobre el Ejercicio de los Derechos de los Niños.  Tal y como establece la nueva norma:



Artículo 5. Otros derechos procesales posibles. 

Las Partes examinarán la oportunidad de conceder a los niños derechos procesales complementarios en los procedimientos que les afecten ante una autoridad judicial, en particular: 

a. el derecho a solicitar la asistencia de una persona apropiada de su elección con el fin de que les ayude a expresar su opinión;

 b. el derecho a solicitar por sí mismos o a través de otras personas u organismos la designación de un representante distinto y, en los casos oportunos, de un abogado;

 c. el derecho a nombrar su propio representante; 

d. el derecho a ejercitar en todo o en parte los derechos de las partes en dichos procedimientos;


Así, los menores podrán personarse como parte en todos los procedimientos civiles que les afecten y solicitar el cumpliento de sus Derechos, reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos del niño.

Por ello, estamos empezando a personar a los niños en las ejecuciones hipotecarias de sus padres y exigir el cumplimiento de su Derecho Humano Fundamental, como lo es el Derecho a la vivienda, tal y como establece el artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos del niño:




Los Estados Partes, de acuerdo con las condiciones nacionales y con arreglo a sus medios, adoptarán medidas apropiadas para ayudar a los padres y a otras personas responsables por el niño a dar efectividad a este derecho y, en caso necesario, proporcionarán asistencia material y programas de apoyo, particularmente con respecto a la nutrición, el vestuario y la vivienda. 


Animo a todas las familias que se encuentran en esta situación, siempre que el menor esté bien cuidado, y no puedan comenzar procedimientos de desamparo de menores, puesto que la ejecución debe suspenderse inmediatamente. 

Todavía no tenemos una respuesta de los Tribunales, pero la ley es tajante al respecto motivo por el cual esperamos que se puedan paralizar todos los lanzamientos con menores, siempre que éstos se personen y aleguen su Derecho HUmano al hogar. Con la Ley en la mano, no se pueden negar, aunque todos sabemos el poder que tienen las instituciones financieras. Pero debemos intentarlo. Hasta el último hálito de vida. 

2 comentarios:

ConsPubli dijo...

Resquicio legal inteligente para afrontar la situación. Estando de acuerdo con que hay que parar esta barbaridad de dejar a miles de familias sin hogar, el derecho a una vivienda no implica tenerla en propiedad, también se pueden usar otras fórmulas. ¿Es el alquiler social la solución a los problemas de vivienda?

Javier dijo...

Ay, ay, ay... a los fascistas se les está poniendo la cosa fea...

Difusión Twitter