lunes, 19 de noviembre de 2012

El abandono de famialias que produce la ley de moratoria es inconstitucional



El viernes recibí con alegría el Real Decreto que suspendía (temporalmente) algunos desahucios. Paradodijacamente denominaban la ley como de "protección de los deudores hipotecarias"  a pesar de que la protección en la mayoría de los casos, brilla por su ausencia.

Al comprobar las personas que me habían pedido ayuda en mi barrio, comprobé con tristeza como la mitad de los casos no tienen la protección que  el Estado si que otorga a todos los bancos.
Evidentemente, resulta discriminatoria ayudar a familias con 3 hijos, pero aquellas con 2; de la misma forma que resulta incomprensible que se proteja a los desempleados, pero no a los pensionistas, que se encuentran especialmente desprotegidos.

Por esta razón decidimos, despues de consultarlo con los afectados de nuestro barrio, la Palma-Palmilla en Málaga, redactar un recurso previo deconstitucionalidad, al entender que el R. D viola los siguientes Derechos Fundamentales:

1.- Derecho a la Igualdad. Ninguna familia puede ser discriminada, por el número de hijos que tenga, o por el grado de discapacidad.  La discriminación según el tipo de unidad familiar ( monoparental o no) o el grado de discapacidad ( Si tienes un 33% de discapacidad eres “rescatado”, pero si tienes un 34% no.) es claramente inconstitucional.

El problema es todavía más grave si nos damos cuenta que no se suspenden los intereses moratorios, que normalmente superan el 20%. De esta forma nos encontraremos dentro de dos años que debemos aproximadamente un 50% más de lo que debíamos. Se trata de una espirar, en la que resulta imposible escapar de la deuda ilegítima contraída.

Y digo ilegítima porque proviene de unos precios artificialmente elevados, de un derecho fundamental como es el hogar. De esta estafa es corresponsable el banco, porque en el mejor de los casos realizaron tasaciones interesadas, donde se inflaba la valoración de las viviendas. Ahora no pueden pretender que todo el riesgo, que toda la pérdida, recaiga sobre la parte débil, el deudor.

2.- Vulneración del Derecho a la Dignidad que toda persona tiene. La materialización de ese principio es la existencia de unos medios de vida mínimos, que el gobierno debe intentar procurar para todo el mundo. Nosotros lo llamamos Renta Básica.

3.- Violación de legislación internacional, comunitaria y de protección de los consumidores La legislación  también atenta contra la obligatoria protección de los consumidores y usuarios, as{i como contra las directivas comunitarias en materia financiera. Pero lo mas grave es el atentado contra el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y sociales, que el Estado español suele olvidar con demasiada frecuencia.

3.- Vulneración de la Tutela Judicial Efectiva. Los jueces no pueden tenerminar que situación es de "especial vulnerabilidad" quedando con las manos atadas, en el caso de casos gravísimos que no son amparados por la norma

4.- Vulneración al Derecho a una Vivienda Digna. Desgraciadamente no se trata de un Derecho FUndamental ( si que es reconocido como Derecho Humano en los tratados suscritos por España) pero obliga al gobierno enla redacción de las leyes, y los principios rectores de la vida económica. De esta forma, el Real Decreto incumple el mandato constitucional de legislar para asegurar el Derecho a la vivienda digna y adecuada.

En definitiva, se pide a los jueces que cautelarmente suspendan los desahucios , mientras elevan al Tribunal Constitucional un recurso para determinar la Inconstitucionalidad de una norma que no soluciona la situación creada, sino que constituye una autentica huida hacia… el precipicio.

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